El gobierno de Argentina modificó el decreto reglamentario de la Ley N° 27.424 con el fin de facilitar la adhesión de todas las provincias al régimen de fomento a la generación distribuida de energía renovable integrada a la red eléctrica pública.
Puntualmente, se sustituyó el artículo 25 del Anexo I del Decreto N° 986/2018, permitiendo que los beneficios promocionales no sólo estén disponibles para los usuarios – generadores de las jurisdicciones adheridas íntegramente al régimen de la ley y su modificatoria, sino también a aquellas que lo hagan de forma parcial.
“Siempre y cuando los interesados den cumplimiento a todos los requisitos generales, técnicos y de seguridad allí establecidos”, aclara el Decreto 471/2023 publicado en el Boletín Oficial.
“Con esto se dio una respuesta a ciertas provincias que tenían dudas, de tratar que se incorporen todas las provincias y tomar todas las inquietudes, sobre todo respecto a salvaguardar la jurisdicción provincial de las redes de distribución”, aseguró Nicolás Biurrún, coordinador de generación distribuida en la Secretaría de Energía de la Nación, en conversación con Energía Estratégica.
“De ahora en más, el procedimiento de la parte operativa de las solicitudes de beneficios para los U/G de las distintas zonas se mantiene, pero fue un guiño a las provincias que no querían adherir por inquietudes respecto al avance dentro de la jurisdicción de distribución”, añadió.
Y entre los beneficios se encuentra el acceso al Fondo para la Generación Distribuida de Energías Renovables (FODIS), que tiene por objeto el otorgamiento de préstamos, incentivos, garantías, aportes de capital y la adquisición de otros instrumentos financieros para sistemas de GD.
O mismo el Certificado de Crédito Fiscal de $120.000 por kW instalado, hasta un máximo de $8.500.000 por instalación, que se otorga en forma de bono electrónico a favor del usuario y se verá reflejado en su cuenta de AFIP, pudiendo ser utilizado para el pago de impuestos nacionales como el impuesto a las ganancias y el impuesto al valor agregado (IVA), entre otros, en el momento que lo desee, durante los 5 años posteriores a la obtención.
Agustín Siboldi, abogado y socio de O’Farrell Abogados y miembro de la Comisión Directiva de CADER, conversó con este portal de noticias y señaló que la nueva condición implementada por el gobierno “debió haber estado desde un principio en la ley”.
“Sino cada provincia establece su propio régimen y, en definitiva, termina habiendo un híbrido en diferentes puntos del país. Es decir que esta resolución busca más uniformidad, cosa que se perdió”, manifestó Siboldi.
“Pero debe haber una política de diálogo para que la generación distribuida se empiece a mover seriamente y no seguir con una ley poco ambiciosa a comparación de otros países como Brasil (límite de 5 MW) Chile (tope de 9 MW en proyectos PMGD)”, agregó.
Para ser precisos, desde que salió el decreto reglamentario de la Ley N° 27424, sólo trece jurisdicciones adhirieron y reglamentaron su adhesión a la normativa nacional; mientras que la capacidad operativa bajo el modelo de generación distribuida sólo creció en 24,88 MW, repartidos en 1335 proyectos que completaron la instalación y se convirtieron en usuarios – generadores.
Y si bien hay 12,67 MW de potencia reservada (3,1 MW a la espera de la conexión del medidor) entre 538 U/G con reserva de Potencia aprobada (149 ya solicitaron el cambio de medidor), la evolución de la GD aún es baja a comparación de los 23.705 U/G estimados en el Plan de Acción Nacional de Energía y de Cambio Climático de 2017.
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